Emprendedores -Ley 14/2013

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Descripción

El propio emprendedor o un representante debidamente acreditado adjuntando la solicitud según el modelo oficial.

Si estás fuera de España: solicitarás Visado de residencia para emprendedor en el Consulado de España en el país de residencia.
Si estás legalmente en España o posees un visado de emprendedor: solicitarás la autorización de residencia para emprendedor en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

  • Pasaporte.
  • Seguro médico público o privado con entidad que opere en España.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Acreditación de medios económicos.
  • En caso del visado: Informe Favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial de la embajada de España del ámbito de la demarcación geográfica donde resides.
  • En caso de autorización: Plan de negocio.

Información adicional

Supuestos

Conyuge, Pareja de hecho registrada, Pareja de hecho no registrada, Pareja con hijo en común, Hijos menores de edad, Hijos menores de edad de su pareja, Hijos mayores de edad con una discapacidad, Ascendientes a cargo

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