Estancia de Estudiante En España (Novedades 2018)

Estancia de Estudiante En España (Novedades 2018)

Como ya muchos saben el 31 de agosto de 2018, se dictó el Real Decreto-ley 11/2018, de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que modifica las condiciones de solicitud y modificación de Estancia de Estudiantes. 

Esta modificación contempla lo siguiente:

  1. Posibilidad de solicitar autorización de estancia dentro de territorio español.
  2. Posibilidad de optar a una autorización para la búsqueda del empleo o para emprender un proyecto empresarial.
  3. Posibilidad de solicitar una autorización de residencia para prácticas profesionales.

 

A continuación, explicaremos punto por punto:

Caso 1: Autorización inicial de estancia dentro de territorio español ¿Cómo tramitar un Visado de Estudiante en España?

En este artículo señala:

  • La solicitud de autorización inicial de estancia por estudios se podrá presentar dentro del territorio español.
  • El legitimado para interponer la solicitud será el extranjero o representante o a través de medios telemáticos o las instituciones de enseñanza superior ante la tramitación colectiva
  • La presentación se hace ante la Delegación o Subdelegación competente.

 

Requisitos para solicitar la estancia de estudiante en España: la persona interesada deberá presentar la solicitud un mes antes de caducar su estancia como turista (los 90 días), para esto debe presentar, los siguientes documentos:

  1. Modelo EX00
  2. Certificado bancario acreditativo de tener medios económicos para la estadía en España y/o de sus familiares
  3. Pago de la tasa
  4. Seguro médico público
  5. Si los estudios superan 6 meses se requerirá: Certificado médico y Certificado de antecedentes penales
  6. Certificado de admisión en un centro de enseñanza autorizado en España o instituto superior de estudios

La vigencia de esta autorización estará condicionada a la duración de los estudios, con un límite que no exceda 1 año; o de 2 años cuando el programa se desarrolle en una institución de enseñanza superior autorizada y conduzca a obtener el título de educación superior.

 

Supuesto de Movilidad para personas que tengan estancia de estudiante:

Los estudiantes de la Unión Europea tienen derecho a entrar y permanecer en España o en el Estado miembro que corresponda, durante un plazo de hasta 360 días, con el fin de realizar parte de sus estudios en una institución de educación superior española.

Este derecho deberá ser comunicado a las autoridades de dichos Estados o a la Delegación del Gobierno o Subdelegación en la provincia en la que vaya a iniciarse los estudios.

 

Plazos de Resolución:

  • La Delegación o Subdelegación cuenta con un mes para resolver y notificar, en el caso de tramitación colectiva contará con un plazo de 15 días (el silencio es negativo)
  • En caso de que necesite visado para entrar a España, la persona interesada deberá recogerlo en un plazo de 2 meses desde su notificación, de lo contrario se entenderá que ha renunciado al visado

 

Caso 2: Autorización de autorización de residencia para prácticas

El procedimiento de este trámite es igual al de la solicitud de autorización de estancia por estudios, variando en lo relativo a los siguientes puntos:

  1. Legitimación: Está a cargo de la entidad acogida si es convenio de prácticas o empleador en el caso de contrato de prácticas.
  2. Plazo de resolución: Se eleva a 30 días para su resolución, que en caso de no ajustarse al plazo se entenderá estimada (silencio positivo) la autorización.
  3. No están sujetos a la situación nacional de empleo.

 

Requisitos:

  • Formulario EX – 04
  • Convenio de prácticas en el que conste que el extranjero ha sido admitido (descripción del programa, duración, condiciones, horas, relación jurídica). Las prácticas serán en el mismo campo académico de los estudios y al mismo nivel de cualificación. O contrato de trabajo en práctica, según regulación propia del trabajo en prácticas. Deberá contener, al menos, el contenido previsto en este artículo para el convenio.
  • Título de educación superior obtenido por el extranjero dos años antes de hacer la solicitud, o certificación que se indique que está cursando los estudios que conlleven a obtenerlo; en España o en el extranjero.
  • Certificados bancarios a través del cual conste que el extranjero tiene recursos económicos suficientes para su estadía en España
  • Seguro médico a favor del extranjero
  • Certificado de antecedentes penales, en el que se señale que carece de los mismos
  • Acreditar que el extranjero se encuentre legal en el territorio español

 

Caso 3:  Autorización de residencia para la búsqueda del empleo o para emprender un proyecto empresarial Nuevo permiso de “búsqueda de empleo” para estudiantes extranjeros

 

Se deberá solicitar obligatoriamente a través de los medios electrónicos.

A fecha de hoy, la D.G.M aún no ha habilitado plataforma., lo estamos haciendo por el RED SARA. (Registro electrónico Común)

En lo referente al plazo, dispone que la misma deberá ser solicita durante los 60 días anteriores a la expiración, o, durante los 90 días posteriores, en este último caso, sujeto al correspondiente procedimiento sancionador.

La sola presentación, prorrogará la validez de la autorización de estancia hasta tanto recaiga resolución de la solicitud de la autorización para la búsqueda del empleo o para emprender un proyecto empresarial.

 

Requisitos:

  1. Que haya finalizado estudios en un Instituto de Educación Superior
  2. Que dichos estudios hayan alcanzado el nivel 6 del Marco Europeo Comunitario.
  3. Que acredite mantenimiento de recursos suficientes.
  4. Que acredite contar con un seguro médico
  5. Haber abonado la tasa 790-052, epígrafe 2.1.
  6. En caso de ser emprendedor, deberá presentar el plan de negocios y los informes de viabilidad y la inversión necesaria
  7. Formulario (EX01) debidamente cumplimentado

 

Plazos de Resolución:

Estimación presunta (positiva) una vez haya transcurrido 20 días hábiles sin que la administración haya resuelto la solicitud.

Resulta extraño que no se contemplara el “resuelto y notificado”. Esto puede generar confusión.

No se dispone de manera expresa, si la misma agota o no la vía administrativa.

 

Importante:

Los familiares que se encuentren en el mismo régimen especial de estudiantes, los familiares que ya estuvieren acompañando al interesado, podrá obtener igualmente, una autorización, que seguirá la validez de la principal.

No permite trabajar. Esta autorización está pensada para que, al finalizar los estudios, los interesados puedan buscar trabajo o emprender su proyecto, pero una vez que tenga una oferta de trabajo o haya decido emprender, deberá solicitar el permiso de trabajo

El párrafo 6, dispone que, una vez encontrado el empleo, el interesado deberá solicitar la autorización correspondiente conforme a la Ley de extranjería 4/2000 o la ley 14/2013.

 

 

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