Deseo regresar a mi país, ¿Cómo solicitar el Retorno Voluntario y el paro acumulado? Preguntas y Respuestas 2019

Deseo regresar a mi país, ¿Cómo solicitar el Retorno Voluntario y el paro acumulado? Preguntas y Respuestas 2019

Si usted es una persona extranjera no comunitaria y quiere regresar a su país, conozca cuáles son los requisitos y la información necesarios para poder cobrar el pago acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo y solicitar el Retorno Voluntario

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Retorno Voluntario?

1.- Ser nacional de un país que tenga convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social (Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Federación Rusa, Filipinas, Japón, Marruecos, Méjico, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, Ucrania, Uruguay, Venezuela, El Salvador, República de Corea, República de Cabo Verde y República Popular China), y tener residencia legal en España.

2.- Estar en desempleo e inscrito o inscrita como demandante de empleo.

3.- Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo parcial.

4.-Asumir el compromiso de retornar a su país de origen, en su caso, en compañía de las personas de su familia reagrupadas que no tengan autorización de residencia independiente, en el plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha del primer pago en España, y el compromiso de no retornar a España en el plazo de tres años.

5.- No estar afectado o afectada por alguno de los supuestos de prohibición de salida del territorio nacional previstos en la legislación de extranjería.

¿Puedo regresar a España en el futuro?

No podrá regresar a España hasta que no pase el período de compromiso de no retorno de tres años, y siempre que previamente solicite de nuevo las autorizaciones de trabajo y de residencia en España. En ningún caso podrá volver antes del fin de ese período para residir y/o realizar una actividad lucrativa o profesional, incluso aunque quisiera devolver las cantidades que haya percibido como abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo para el retorno voluntario a su país de origen.

¿Me extinguen mi residencia actual?

Una vez que tenga aprobado el derecho de abono anticipado y acumulado de la prestación contributiva por desempleo, pasados treinta días naturales desde la fecha del primer pago y sin necesidad de otro procedimiento administrativo, las autorizaciones de residencia de las que usted sea titular quedarán extinguidas.

¿Cuándo puedo regresar a España después de haberme acogido a un Retorno Voluntario?

Transcurrido el período de tres años desde su salida de España, tendrá un derecho preferente para incorporarse al contingente de personas trabajadoras extranjeras no comunitarias, siempre que justifique los requisitos exigidos en la normativa vigente en materia de extranjería e inmigración.

¿Tengo residencia Temporal, la podre recuperar?

Si usted era residente temporal en España y decide volver legalmente al terminar el plazo del compromiso de no retorno de tres años, su situación de residencia continuará a efectos de completar el período que le faltase para obtener, en su caso, la residencia permanente. El período de ausencia fuera de España no se tendrá en cuenta para obtener el permiso de residencia permanente.

¿Tengo residencia permanente, la podre recuperar?

Si tenía residencia permanente en España y regresa tras finalizar el plazo de compromiso de no retorno de tres años, podrá recuperar su condición de residente permanente a través de un procedimiento simplificado.

¿Cómo me realizan el pago del paro acumulado?

El 40 % del importe en España, una vez aprobado el abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva.

El 60 % del importe restante en su país de origen, transcurrido el plazo de 30 días naturales desde la fecha del primer pago abonado en España y en el plazo máximo de 90 días desde aquel.

¿Qué documentación debo aportar?

Modelo oficial de solicitud.

Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE), en la que consta el NIE, y el pasaporte.

¿Dónde se puede solicitar?

Podrá presentar la solicitud en el caso de que tenga derecho a acceder o a reanudar la prestación por desempleo de nivel contributivo o mientras la está percibiendo, a través de:

1.- La sede electrónica del SEPE

2.En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE)

3.- En cualquier oficina de registro público o

4.- Enviándola por correo administrativo.



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