¿Cómo contar el tiempo para solicitar la Nacionalidad Española?

¿Cómo contar el tiempo para solicitar la Nacionalidad Española?

Hoy les voy a explicar cómo se calcula el plazo de residencia para poder solicitar Nacionalidad Española.

Por la web y las redes sociales nos llegan muchos comentarios sobre este tipo de dudas por parte de personas que quieren iniciar el procedimiento de nacionalidad y ya saben que tienen que tener un mínimo de tiempo de residencia legal y continuada en España para hacerlo.

Este plazo de espera puede variar, tenemos diferentes plazos en función de la nacionalidad y de las circunstancias de cada solicitante pueden ser un año, dos años, cinco años o diez años.

A parte, las personas tienen duda desde cuando tienen que empezar a contar el tiempo, lo más normal es que empezamos a contar estos plazos desde la fecha en la que se nos ha resuelto de forma positiva el trámite de la residencia. Importante, la aprobación de la primera tarjeta de residencia.

Ok, imaginen que un ciudadano venezolano, por ejemplo, necesita dos años de residencia legal y continuada en España para poder solicitar la Nacionalidad Española. Y la carta de la resolución favorable a la residencia le llego el 06 de octubre del año 2016, entonces, este ciudadano venezolano deberá esperar dos años contados a partir del 06 de octubre del año 2016 para solicitar la nacionalidad.

Con esto aclaro que los tiempos no se cuentan desde que nos entregan la tarjeta física en la policía o desde que solicitamos la residencia introduciendo el expediente en extranjería, es desde que nos llega la carta normalmente a la casa con la aprobación de la misma.

Esto es muy importante ya que de hecho vemos todos los días denegaciones de nacionalidad española por no haber esperado el tiempo necesario, es muy desagradable que nos veamos en una situación de negación de nacionalidad por esta causa y que hayan pasado dos años para poder recibir esta respuesta por parte del Ministerio de Justicia.

Desde Máchelin Abogados, te ayudamos a tramitar tu expediente de nacionalidad, puedes contactarnos a través del portal web machelindiaz.com o en las redes sociales o Instagram como Máchelin Díaz, también puedes localizarnos a través del teléfono 910 601 978.

Comentarios

  1. Santiago Espasandin dice:

    Hola,
    Solicité mi primera residencia legal el 07/09/2019 de arraigo familiar por circunstancias excepcionales siendo hijo de español de origen. El 19/11/2019 tuve resolución favorable de la solicitud.

    Inicié mi expediente de nacionalidad española el 21/10/2020 a instancias de mi abogado. Los plazos son correctos? Se comienza a contar mi tiempo de residencia a partir de mi primera solicitud (07/09/2019) o a partir de la resolución favorable del mismo (19/11/2019)?

    Muchas gracias.

  2. Juan Carlos Beltrán dice:

    Hola,

    Soy Colombiano. Estudié un máster de Agosto de 2017 a Diciembre de 2018 con visa de estudiante en España. Hice una solicitud de residencia para prácticas el 19 de Noviembre de 2018 (Silencio positivo) por lo cual mi empresa me dio de alta el 20 de Diciembre de 2018. Sin embargo la resolución llegó con fecha de Enero de 2019… Esta autorización duró un año y luego se renovó por por otro año más. A día 20 de diciembre de 2020 hice la solicitud de Nacionalidad Española y al parecer me faltan 11 días para cumplir los dos años… Ala solicitud de nacionalidad española adjunté vida laboral que decía que llevaba dado de alta 2 años y 3 días… Como documentación complementaria adjunté resolución de aprobación para trabajo por cuenta ajena con validez hasta Noviembre de 2022. En este momento mi expediente de nacionalidad española está en calificación. Qué puedo hacer para que no me la denieguen?

    Actualmente resido en España por trabajo y cuenta ajena.

    Muchas gracias.

  3. V Alves dice:

    Hola!
    Tuve mi nacionalidad denegada porque me quede fuera de Espana por mas de 3 meses durante Covid!. Me gustaria saber cuando podere aplicar para la nacionalidad otra ves. Cuando puedo empenzar a contar el tiempo para dos anos continuos para la nueva aplicacion. Mi Tarjeta (TIE) continua vigente – la primera de cinco anos.

  4. Arnaldo Fernández dice:

    El oficio de residencia tiene fecha 05/02/2021, tuve que viajar a Venezuela el 16/04/2021 retornando el 12/07/2021. Debo viajar nuevamente el 19/08/2021 para retornar el 26/10/202. Como afecta estos viajes a efectos de la solicitud de nacionaldad española.
    Quiero saber si los 183 dias del 2021 se cuentan desde el 05/02/2021 hasta el 05/02/2022 o hasta el 31/12/2021

  5. Francisco Meirelles dice:

    Hola, buenas tardes. En mi caso soy de Brasil y vivo en España bajo el visado de residencia no lucrativa. Ya eh echo la primera renovación. El plazo que puedo empezar la nacionalidad es de 2 anos. Pero tiengo dudas de a partir de cual fecha se cuenta este plazo:
    – la fecha de emisión del NIE/visado de residencia (pegado en el pasaporte)? En este caso yo aunque estaba en Brasil
    – la fecha que entre en territorio de España?
    – la fecha que me dé de alta en el padrón?
    – la fecha que hice la emisión de la primera tarjeta en la policía?
    Gracias por ayudar. Saludos

  6. Constanza dice:

    Hola, mi resolucion por reagrupacion familiar regimen general tiene fecha de febrero, ingresé a españa en agosto, me empadroné tambien en agosto, pero las huellas las puse en diciembre (ya que tuve que renovar porque la tarjeta de mi esposo vencía en septiembre). ¿desde cuándo cuento? ¿desde la fecha de ingreso a España?
    Saludos

  7. Yorki dice:

    Hola buenas, soy venezolana que fecha debo tomar para contar los 2 años para solicitar la nacionalidad.
    La de la primera tarjeta roja, la de la segunda tarjeta roja con permiso de trabajo, la fecha de la resolución que otorga la protección por razones humanitarias, o el de la primera TIE..
    Muchas gracias

  8. Leydi johanna García dice:

    Hola, yo tengo tarjeta de familiar comunitario por mi madre la resolución positiva dice que tiene efectos desde 23/01/2019 puedo tomar esta fecha para contar el tiempo para la nacionalidad? O siendo tarjeta comunitaria desde que fecha se hace la cuenta

  9. Pepe González dice:

    Hola en el caso de residencia temporal por contrato de trabajo por cuenta ajena, empieza a contar desde cuando? pq la fecha de resolucion es de antes de estar en españa.

    Es la fecha del visado, de que entre a españa, de que me di alta seguridad social, de que solicite la tarjeta de NIEo de que la recogi?

    Saludos

  10. LUIS GARCIA dice:

    Buenos días. Soy Español casado desde más de 25 años con venezolana El año para solicitar la nacionalidad se computa desde la fecha de la solicitud de residencia o desde la resolución.

  11. Stella Avellaneda dice:

    Buenos días,
    Me parece haber leído en alguna otra página que en el caso del visado sin finalidad lucrativa, se cuenta el tiempo para la nacionalidad española, desde el día en que se aprueba el visado. Es esto correcto? Querría esto decir que en términos de residencia fiscal los 183 días de permanencia comienzan a contar desde el primer día de validez del visado? O es por el contrario desde el día de entrada en territorio español?

    Muchas gracias,

    Stella

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Stella,

      A efectos Fiscales se computa desde que permanece físicamente en territorio español más de 183 días, esto quiere decir, que debes estar en Territorio Español.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

    • Norma dice:

      Me vine a España con mi esposo y mis dos hijos siendo menores ambos pedí asilo 2017 lo denegaron uno.de mis hijos ya tiene 20 el y yo estábamos trabajando en ette y solicitamos arraigo laboral pero cuando nos salió la residencia fue no lucrativa eso fue el año pasado dicen que yo pedí esa residencia ellos me mandaron a pagar las tazas yo no se que paso ahora tengo un ano y no puedo encontrar trabajo pero estoy cobrando subsidio desde que me paso esto como pueso solucionar esto

  12. Paola dice:

    Hola
    Espero me puedas ayudar con una duda que tengo, yo llegue en mayo del 2019, la carta de resolución me llego el 18 de julio de 2019, pero en la misma carta, indica que mi “tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE” es con efectos desde el 08/01/2019 hasta el 07/01/2024. Que fecha debo tomar en este caso.

  13. Batista dice:

    Hola estoi en España quiero saber si me pueden ayudar a legalisarme a través d dni hijo con nacionalidad española

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Batista,

      Con gusto podemos ayudarte y darte toda la información solicitada referente a tu caso, tendrías primero que informarme al respecto y ver todas las opciones en función a lo que necesitas o te conviene. Nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olías 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid

      Muchas gracias

      Un saludo!

    • Emily Toscano dice:

      Hola buenos días.
      La información que han brindado es muy interesante. Pero tengo una duda respecto a mi situación. Soy peruana y solicité la residencia estando en Perú. La resolución me llegó el 3/09/19. Por lo cual pude viajar a España con todo el visado en regla el 15/10/19. Por lo tanto, no sé si debo contar los 2 años a partir de la fecha de la resolución o a partir de mi llegada a España? Muchas gracias!

  14. Ahmed dice:

    Hola Machelin
    de acuerdo con varias resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre el cómputo del tiempo de residencia para la solicitud de la nacionalidad española,entre ellas la resolucion
    del 16/07/2013 exp 131919/2012,el tiempo de residencia legal debe computarse desde la fecha de la primera solicitud de residencia.
    La resolucion esta en el seguiente enlace:

    https://www.parainmigrantes.info/computo-del-tiempo-de-residencia-para-la-nacionalidad-espanola-284/

    Me lo puede confirmar por favor,
    Un saludo

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Ahmed,

      Esto que me preguntas es relativo, si el documento del que dispones se trata de la tarjeta comunitaria, el plazo comienza desde la fecha de la solicitud. Por otro lado, si es en régimen general, el plazo contará desde el momento en el que te dan la resolución favorable. Del mismo modo, las resoluciones que mencionas dependerán del caso al que se apliquen.

      Un saludo

      • Ali dice:

        Hola, espero que me respondes, necesito saber desde cuando se empiezan a contar el tiempo para obtener nacionalidad española, En mi caso son diez años, pero yo vine con un visado por reagrupación familiar, en 2011 de mes junio pero mi resolución es de marzo de 2011, y uno dice que desde la entrada en territorio español, y el otro desde la fecha resolución de primera residencia? Intente sacar el certificado de residencia pero no me lo dan si no tengo el motivo Porfavor ayúdame. Gracias un saludo

      • Nikol bonilla dice:

        Si tengo residencia comunitaria y me caso a mi novio le dan residencia? Y ambos podemos aplicar para nacionalidad?

  15. Ade dice:

    Hola Machelin

    Estoy solicitando la nacionalidad por residencia de 2 años. Ingresé a España el 16/06/2016 y mi tarjeta TIE indica la vigencia hasta el 16/06/2021. La resolución me llegó el 30 de agosto del 2016. Ya puedo solicitar la nacionalidad?
    Muchas gracias.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Ade,

      No me queda claro cual es la fecha de expedición de tu tarjeta, el tiempo comienza a correr desde el día que te expiden la tarjeta. Una vez hayan pasado dos años desde ese momento podrás solicitar la nacionalidad. Desde este despacho podemos ayudarte con el trámite de solicitud de nacionalidad.

      Nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olías 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid

      Muchas gracias

      Un saludo!

  16. Maria dice:

    Hola Machelin,
    Soy venezolana, casada con un español. Inicie el proceso de residencia en el mes de marzo. Ya ha sido aprobado (resolución favorable en el mes de julio), y ya me ha sido otorgada mi tarjeta de residencia (bastaba con imprimir la carta de resolución desde la web) sin embargo aun no ha llegado la carta (en físico) a mi residencia. Debo esperar esta carta o la fecha de resolución favorable que veo en Internet es la que debo tomar en cuenta?
    Muchas Gracias!

  17. Meriem dice:

    Hola,soy marroqui, y tengo la solucion de la primera residencia el 11/01/2010,por favor cuando puedo solicitar la nacionalidad???

  18. DRISS dice:

    hola machelin espero que me respondas,tengo un error de fecha de efecto, de una modificacion de residencia por reagrupacion familiar,a una residencia y trabajo.
    entonces la resolucion de la modificacion fue 28/04/2008 y la fecha efecto detal modificacion pone 28/07/2008.
    la pregunta es si me afectara en mi solicitud de nacionalidad española?. yo estoy legal desde 09/02/2017 y la primera residencia se me caduco 23/05/2008. muchas gracias espero que me ayudes.

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Driss, Estas fechas no concuerdan “yo estoy legal desde 09/02/2017 y la primera residencia se me caduco 23/05/2008” La nacionalidad Española debe solicitarse cuando se cumples dos años de residencia continuada en España. Si tienes duda con la fecha de resolución puedes ir a la comisaria policial y solicitar un Certificado de Residencia.

      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, online o presencial indicándonos la fecha y hora en que deseas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.

      Muchas gracias

      un saludo

    • Maria dice:

      Hola una pregunta soy venezolana tengo un año de residencia legal en españa por ser madre de español fui a renovar y me dices q tengo q ir por regimen comunitario porque estoy casada con el padre en cuanto ti3mpo puedo solicitar la nacionalidad española

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimada Maria,

        Puedes elegir cualquier vía, bien si renuevas por tener medios económicos propios, 6 meses cotizados en la seguridad social, o si cuentas con un contrato de trabajo, o bien si solicitas la tarjeta de familiar comunitario por tu cónyuge.
        En cualquier caso, si te encuentras casada con Ciudadano Español, el tiempo de residencia para poder solicitar la Nacionalidad Española se reduce a 1 año, a contar después del matrimonio.

        Si perteneces a un país Iberoamericano, podrás aplicar a la Nacionalidad Española al cabo de 2 años de residencia legal y continuad en España, independientemente si te encuentras casada o no con un Ciudadano Español.

        Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.

        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

        Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
        Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
        https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

        Un saludo,

        Machelin

        • Daria dice:

          Buenas días. Tengo residencia de larga duración y he salido a Rusia.estoy poniendo los implantes dentales, y no puedo volver a España en tiempo. Quiero decir, que estaré un poco más de 6 meses fuera de España. Si pueda yo volver sin problema a. España? Que tenga que hacer, para no perder mi residencia?
          Si me puede responder por email. Gracias! Cordialmente!

  19. Gabriela Mundaraín dice:

    Mi hija es venezolana tiene siete años y su padre es español, pero ella no lleva el apellido, como hago para que adquiera su nacionalidad española? tengo el contacto con su padre, quien está de acuerdo, necesito asesoria, ya que no estoy en España, me encuentro residenciada en Bolivia

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Gabriela,

      Gracias por contactar con MÁCHELIN DÍAZ ABOGADA DE EXTRANJERÍA y consultar tus dudas.
      Debes iniciar primero que nada el proceso de reconocimiento de la menor por parte de su padre, después de este trámite, gestionar la nacionalidad española.

      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, online o presencial indicándonos la fecha y hora en que deseas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.

      Muchas gracias

Comentar

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies