Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión

Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión

Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un periodo mayor a tres meses necesitan sacar el certificado de registro de ciudadano de la unión.

Cuando se emite por las autoridades competentes el Certificado se produce al mismo tiempo la inscripción de dicha persona  en el Registro Central de Extranjeros.

Dado el éxodo de ciudadanos europeos a Latinoamérica durante la segunda guerra mundial, hoy en día nos encontramos muchos clientes que son hijos o nietos de españoles, portugueses, italianos, etc. Esos descendientes pueden venir a España con su pasaporte europeo, residir y trabajar legalmente.

Ahora bien, es necesario que estas personas una vez hayan efectuado su entrada a España soliciten a las autoridades competentes el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, con este registro se le otorgará un número de identidad de extranjero (NIE) con el que podrán residir y trabajar en España de forma legal.

Que países pueden acogerse a este certificado:

ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

*Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.

**Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.

¿Qué condiciones debe cumplir el ciudadano?

Todo ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tiene derecho de residencia en el territorio del Estado español por un periodo superior a tres meses si:

Es un trabajador por cuenta ajena en España, o

Es un trabajador por cuenta propia en España, o

  • Dispone para sí y para los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.

La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado.

  • O, ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione una cobertura completa en España y declaración responsable de que se posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia, para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia, o

Ser nacional de un Estado miembro, familiar que acompaña o se reúne con un ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, que cumple alguna de las condiciones anteriores. El familiar podrá ser:

En el supuesto de familiar de estudiante, su cónyuge o pareja de hecho inscrita o los hijos del estudiante y de su cónyuge o pareja a cargo.

En los demás supuestos, el cónyuge o pareja de hecho inscrita, sus descendientes directos y los de su cónyuge o pareja menores de 21 años o incapaces o mayores de dicha edad que vivan a su cargo, y sus ascendientes directos o los de su cónyuge o de la pareja registrada que vivan a su cargo.

Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

 

DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el ciudadano de la Unión. Dicho impreso se podrá obtener en http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/.
  • Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • Dependiendo del supuesto:
    • Si es trabajador por cuenta ajena podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
      • Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
      • Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
      • Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
    • Si es trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
      • Inscripción en el Censo de Actividades Económicas.
      • Justificación de su establecimiento mediante la Inscripción en el Registro Mercantil.
      • Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
    • Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:
      • Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el sistema nacional de salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer de asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.
      • Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para él y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.
    • Si es estudiante se deberá aportar:
      • Matrícula del centro de enseñanza público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
      • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde un punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
      • Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.

      Se considerará suficiente para el cumplimiento de estos requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.

    • Si es familiar de ciudadano de la Unión se deberá aportar:
      • Documentación acreditativa, en su caso, legalizada del vínculo familiar con el ciudadano de la Unión.
      • Documentación acreditativa de la dependencia económica.
      • Documentación que acredite que el familiar que le da el derecho es o trabajador por cuenta ajena o propia, o que tiene medios de vida suficientes y seguro de enfermedad, o que es estudiante, tiene medios suficientes para sí y para los miembros de su familia y seguro de enfermedad.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.Cuando se trate de formularios estándares de la Unión Europea no será necesaria ni su traducción, ni su legalización de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria que los ampara. Por ejemplo: modelos de asistencia sanitaria S1, E109, E 121…Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional. Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa correspondiente

PROCEDIMIENTO

  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el ciudadano de la Unión o de otro Estado parte, personalmente.
  • Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la provincia donde pretenda residir o en la Comisaría de Policía correspondiente. Para obtener información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público de la Oficina de Extranjería se podrá consultar la página: http://www.seap.minhap.gob.es/web/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html.
  • Plazo de presentación: tres meses contados desde la fecha de entrada en España.
  • Tasa:  deberá ser abonada con anterioridad a la expedición del certificado de registro.
  • Expedición del certificado de registro: una vez abonada la tasa, previa constatación de los requisitos, se expedirá inmediatamente al ciudadano de la Unión un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.

Comentarios

  1. Marcia Picarelli dice:

    Me gustaría saber que esta información de 2017 sigue siendo válida. No pude encontrar orientación en Internet para obtener el Certificado de Registro de Ciudadano Europeo en Barcelona. Cada búsqueda de procedimiento termina en NIE o TIE. Tengo la ciudadanía italiana y actualmente vivo en Barcelona. ¿Me puedes ayudar? . Agradecida

  2. Maria Mercedes Ruoff Guerra dice:

    Hola Buen Dia, Me gustaria saber si con NIE temporal o Registro de cuidadano UE puedo establecer una union de hecho con mi pareja colombiana y darle los beneficios de la residencia.

  3. ana rivas dice:

    Hola!
    Estoy casada con Ciudadano Español. Me han aprobado la tarjeta de familiar de comunitario por 5 años, ya he pedido mi TIE en la policia local y he pagado las tasas (15,92 euros) , estoy a la espera de que esté listo. Pero no se si tambien debo sacar el certificado de residente comunitario o tarjeta de residente de familiar de un ciudadano de la union (la que vale 12 euros).
    ¿Necesito las dos tarjetas (el TIE y la tarjeta de residencia)? o ¿solo con el TIE estoy con mis documentos en orden?

  4. Marian dice:

    Hola! si quiero solicitar el certificado de ciudadano de la Unión siendo autónoma, debeo presentar cierta permanencia en el re´gimen de autónomos para obtener dicho certificado? Muchas gracias.

  5. PATRICIA dice:

    DONDE SE PUEDE PEDIR CITA POR INTERNET PARA SACAR EL CERTIFICADO DE REGISTRO DE RESIDENTE COMUNITARIO ?

  6. ANA XAVIER dice:

    Hola Máchelin, buenos días! Soy esposa de comunitária y ya tengo mi número de NIE. Tengo toma de huellas agendada para Septiembre, pero una empresa me quiere contratar. Puede esa empresa contratarme sin el plástico, sin la tarjeta TIE física? O sea, tendré problemas con la empresa por no tener aún el plástico en manos?

  7. Juan dice:

    Buenas tardes,

    Para presentar los medios económicos puedo mostrar una cuenta bancaria radicada en Francia?

  8. Lavinia dice:

    Buenos días,
    Me han robado el nie,soy rumana, obtuve el nie comunitario en 2006 por matrimonio con español, en 2012 renove la tarjeta y me dieron el papel verde.
    En 2015 me divorcié y tengo 2 hijos españoles. Desde noviembre 2019 no tengo trabajo, estoy cobrando el subsidio por insuficiencia de cotización y en el último año trabaje 9 meses febrero hasta noviembre 2019.
    Tengo derecho a la asistencia médica ya que solicite hoy mismo el duplicado de la tarjeta sanitaria.
    Para pedir un duplicado de nie me hace falta un contrato de trabajo actualmente?
    Estoy viviendo con un chico rumano de más de 6 años,el trabaja ,pero sin estar casados y percibo también pension alimenticia del padre.
    Gracias

  • Hola, unos inquilinos míos, ella es brasileña, él es su pareja Alemán que la sostiene financieramente, y ella lleva en España más de un año, empadronada desde el primer mes pero sin haber presentado a tiempo su proceso de résidencia. Su hijo adulto que es estudiante, lleva aquí ya más de 3 años y fue legalizado hace poco. Qué posibilidades tiene hacerse Residente ella ahora? Tiene que/puede salir del país y volver? Puede quedarse? Gracias por su ayuda.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Gundula,
      Al ser su pareja de un país de la UE puede tramitar una tarjeta de familiar comunitario, tiene que realizar la pareja de hecho o contraer matrimonio, en caso de que no sean casados.
      Una vez sea inscrito la pareja de hecho puede beneficiarse de la tarjeta de familiar comunitario, ocn la que podrá salir y entrar al país.

      Para mayor aclaración ponte en contacto conmigo Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.
      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

      Un saludo,
      Máchelin

  • nicolas dice:

    Buenas me gustaria saber donde puedo renovar el certificado de registro de ciudadano de la union, ya que por tiempo el papel esta muy deteriorado, muchas gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Nicolas,
      En tu caso debes realizar uno nuevo aportando los documentos correspondientes y solicitando la cita previa por Internet.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  • Jose J dice:

    Hola, Buen dia

    Cuanto es la cantidad de dinero aproximada que se debe justificar para tener el certificado de registro de la union si al llegar a españa no tendre empleo aun? Necesito este certificado para buscar empleo?

    Saludos

  • Lidia dice:

    Hola,
    Me gustaría saber cual es la tasa que se tiene que pagar para tener el certificado ue
    Muchas gracias

  • VERONICA dice:

    HOLA
    HE PERDIDO EL CERTIFICADO DE REGISTRO DE CIUDADANO COMUNITARIO (papel verde),
    DE MI HIJO DE 12 AÑOS , LA TIENE DESDE LOS 9 AÑOS APROX., UNO DE LOS TEMAS ES QUE YA NO VIVIMOS EN EL MISMO LUGAR Y SE QUE LA FAMILIA DEBEN TENER TODOS LA MISMA DIRECCION , PERO NO QUISIERA HACER EL CAMBIO DE TODOS LOS DEMAS DOCUMENTOS, Y CREO QUE ME PEDIRAN EMPADRONAMIENTO PARA VOLVER A HACERLA,POR LO QUE QUISIERA SABER QUE TENGO QUE HACER .GRACIAS

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Verónica,

      Ante la perdida de este documento, no existe un duplicado en sí, sino que se debe solicitar inicialmente el Certificado de la UE, cumpliendo todos los requisitos.
      Se requiere el empadronamiento familiar, ya que es requisito previo la convivencia con el progenitor del que depende, no le obligarán a realizar el cambio del domicilio en el certificado del resto de familiares, lo que se valora es la convivencia.

      Pueden ponerse en contacto para ayudarte nuestro móvil +34608807336.

      Si tienes mas dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link: https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día.Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      Un saludo,
      Máchelin

  • Janette dice:

    Hola soy comunitaria (portuguesa) y tengo 3meses en España.al llegar obtuve un Noe provisional y he estado trabajando pienso quedarme y en vista que ya han transcurrido los 3 meses quisiera saber cuál es el siguiente paso sacar el TIE o El registro de la UE ? Tengo esa confusión si puede ayudarme y aclarar mi situación lo agradezco

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Janette,

      Debe solicitar el Certificado de registro de residente comunitario, para ello debe solicitar cita previa, con toda la documentación necesaria, como empadronamiento, si esta trabajando, contrato de trabajo, si no fuese el caso, debe acreditar medios económicos propios y seguro medico público o privado.
      Podemos ayudarte con todos esos trámites, pide una cita con nosotros por whatsapp al 608 807 336.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  • agustin dice:

    hola, perdí el documento de certificado de la unión europea (papel verde), que necesito para pedirlo otra vez, veo que piden cosas como que tengo que estar trabajando o estudiando y yo no puedo realizar esas tareas por culpa de una enfermedad, que necesito en ese caso.
    un saludo y gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Agustín,

      Si perdiste tu certificado de registro de la unión deberás solicitar otra tarjeta verde nueva, otro certificado nuevo, habría que estudiar en concreto tu caso porque tu ya obtuviste la tarjeta anteriormente, si ya no puedes trabajar por culpa de una enfermedad habría que justificar ésta circunstancia médica y aportar suficiencia de medios para tu residencia en España.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,

      Máchelin.

  • Victor dice:

    Estimada Doctora, Soy ciudadano portugues casado con Española. Debo demostrar medios economicos suficientes y seguro para sacar el certificado si me mudo a España? Gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Victor,

      Debes demostrar medios económicos, ya sea propio o por una actividad laboral por cuenta propia o ajena, aunque estés casado con un española.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,

  • ANNE dice:

    Hola, tengo una amiga extranjera que quiere comprar una casa y está teniendo problemas porque en su «certificado de registro de ciudadano» de la unión le pone: «Documento no válido pàra acreditar la identidad ni la nacionalidad del portador», no debería ser suficiente???

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Anne,
      El certificado de Registro de la unión vale para realizar cualquier trámite en España.
      El documento que es un papel verde, esto más su pasaporte de la unión le debe valer.
      Para poder ayudarte de forma personalizada, os ruego hagas una cita para poder responder todas tus preguntas y estudiar mejor tu caso.
      Nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Un saludo

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